Actualizaciones en el CFDI y sus complementos
Actualizaciones en el CFDI y sus complementos
Dentro del territorio nacional, existe cierta documentación que se requiere para todo tipo de procedimientos o requisitos que el SAT solicita para una variedad de operaciones. En materia de traslados o servicio de transporte de mercancías en territorio nacional la mercancía que es traslada debe de encontrarse documentada de manera correcta para dar valides a su legalidad. Dicha mercancía tiene encontrarse registrada dentro del Complemento de Carta Porte (CCP).
El contenido de dichos documentos puede variar, pero a grandes rasgos la información que suele presentarse es:
- Nombre y RFC de remitente
- Lugar de destino
- Origen
- Código del producto
- Descripción del producto
- Dimensiones del embalaje
- Tipo de embalaje
- Unidad de medida
- Cantidad de mercancía
- Peso
- Tipo de embalaje
- Valor de la mercancía
- Valor de la mercancía
- Fracción arancelaria
- Moneda
Anteriormente una vez que dichos documentos cometían algún error en los datos o contenido no resultaba en problemas con la autoridad por dicha equivocación, sin embargo, dentro de la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2023 se publicaron las nuevas reglas para el Complemento de Carta Porte donde modifican la manera en que muchos usuarios la habían presentado hasta el momento estableciendo que si dicha documentación presenta errores recibirá una multa o sanciones derivadas de los requisitos que se encuentran para las reglas del CFDI.
Dicho cambio y con tal de brindar una prórroga para que los usuarios se encontraran con tiempo y proceso de adaptación donde las Cartas Portes emitidas hasta el momento no generan multas entraran en vigor el 1° de agosto del 2023.
Cabe
mencionar que incluso si no se contara con el riesgo de recibir algún tipo de
sanción es responsabilidad de los involucrados confirmar que la información
presentada sea la correcta.
Si usted está interesado en el análisis de este procedimiento de comercio exterior o requiere asesoría ante una situación legal, no dude en contactarnos, estamos para contribuir en el bienestar de sus operaciones.
WhatsApp o llamada: 33 2840 3734 📞 Link directo al chat: https://wa.me/message/DPEFB3I6RNBPE1
Correo: contacto@mm-consultores.mx
Artículo creado por: LIME. Alejandra Peréz Lorenzana
Referencias:
· Secretaria
de hacienda y crédito público. RESOLUCIÓN
MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023 Y SUS ANEXOS 1, 5, 8, 15, 19, 26 Y 27 http://omawww.sat.gob.mx/normatividad_RMF_RGCE/Paginas/documentos/rmf/rmf/RMF_2023-27122022.pdf
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