¿Sabes de qué trata el Procedimiento Administrativo por Contribuciones Omitidas (PACO)?

 
¿Sabes de qué trata el Procedimiento Administrativo por Contribuciones Omitidas (PACO)?

El Procedimiento Administrativo por Contribuciones Omitidas (PACO) es aquel previsto en el artículo 152 de la Ley Aduanera en que la autoridad determina las contribuciones omitidas al comercio exterior y fiscales, aprovechamientos y, en su caso, la imposición de sanciones a los contribuyentes sin caer en un embargo precautorio. El inicio de este procedimiento es en alguno de las siguientes facultades:

·         En los casos con motivo del reconocimiento aduanero

·         En la verificación de mercancías en transporte

·         En la revisión de los documentos presentados durante el despacho

·         En el ejercicio de las facultades de comprobación

En donde la autoridad puede tener ciertas dudas de la mercancía o la operación y, puede así proceder a un PACO por alguno de los siguientes casos:

1.    Cuando no se declare con exactitud la descripción o clasificación arancelaria de las mercancías y por tal motivo se omita el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias.

2.    Cuando se invaliden los certificados de origen anexos a los pedimentos de importación.

3.    Cuando la mercancía sea de difícil identificación y/ o requiera toma de muestras.

En cualquiera de los casos anteriores la autoridad aduanera podrá levantar actas parciales o final, cuando el acto de comprobación se concluya en un término mayor al día de su inicio, donde podrá imponer las sanciones que señale necesarias al contribuyente. 


 

Al levantamiento del acta circunstanciada el contribuyente tendrá un plazo de 10 días a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del escrito o acta para presentar pruebas y alegatos a la autoridad correspondiente.

 




Es de suma importancia que el contribuyente prepare adecuadamente estas pruebas y alegatos ya que no toda sanción por la autoridad puede ser certera, se recomienda asesorarse en las diferentes etapas para el desahogo e interponerse los medios de defensa pertinentes.

Si usted está interesado en el análisis y defensa de este procedimiento de comercio exterior o requiere asesoría ante una situación legal, no dude en contactarnos, estamos para contribuir al bienestar de sus operaciones.

 

 Articulo creado por LNI: Karina Berenice Rodríguez Olea

 

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