¿QUIERES IMPORTAR Y EXPORTAR ANIMALES EXÓTICOS?
En
México es legal tener ciertos animales exóticos como mascotas, por lo tanto,
esta permitido el comercio de animales exóticos; solo hay unos pocos que no se permite ser importados como mascotas solo para uso de investigación, como es el
caso de los primates.
¿Qué
permisos internacionales debo de tener?
La importación y
exportación de especies designadas por la Convention on International Trade in
Endangered Species of Flora and Fauna (CITES) es controlada a través de
una autorización o
permiso conocido como CITES.
Este documento
obligatorio certifica
que usted es el propietario del animal exótico. También es
conocido como CITES Certificate of Ownership, o pasaporte de mascota. Tiene una
validez de 3 años y autoriza múltiples viajes internacionales.
Aunque
la industria se ha debatido entre regulaciones internacionales y restricciones
nacionales respecto a las especies en peligro de extinción y una crisis
económica local; esto no ha parado el comercio de animales exóticos.
En
cada país son diferentes los requisitos y tramites, ejemplo, en Hong Kong, si
no tienes el examen de salmonela no te aceptan ni una tortuga. En República
Checa o Reino Unido si no justificas tu producción no la reciben.
Actualmente
Nicaragua es uno de los países líderes en cuanto exportación de animales
exóticos, siendo una fuerza económica regente del país en los últimos años.
Los
zoocriaderos a nivel mundial “son un medio de conservación de la fauna, de
subsistencia económica para la población y son un factor determinante para el
medioambiente”, dice Fernando López, propietario del zoocriadero Fauna Marina
de Nicaragua.
Requisitos
para importar animales exóticos a México.
Cada
especia animal debe de tener un permiso propio por parte de Cites.
En cuanto a restricciones a la importación en siicex caaarem podemos encontrar las siguientes:
-Para
primates:
QUEDA
PROHIBIDA la importación de ejemplares de cualquier especie de
primate, así como de sus partes y derivados, con EXCEPCIÓN de aquéllos
destinados a la investigación científica.
Previa
autorización de la SEMARNAT.
Permiso
o Certificado de la CITES (Ejemplares de las especies de vida silvestre, cuando
estén listados en los Apéndices de la CITES, que se destinen a los regímenes
aduaneros definitivo, temporal o depósito fiscal) o Autorización SEMARNAT e
inspección de la PROFEPA.
Certificado
Zoosanitario del SENASICA(El Certificado se otorga en términos del Punto
Séptimo del Acuerdo).
-Permiso
para Berrendo,
oso, lobo, castor, puma, jaguar, ocelote, margay, gato de monte o tapir.
Permiso
o Certificado de la CITES (Ejemplares de las especies de vida silvestre, cuando
estén listados en los Apéndices de la CITES, que se destinen a los regímenes
aduaneros definitivo, temporal o depósito fiscal).
Autorización SEMARNAT e inspección de la PROFEPA.
Certificado
Zoosanitario del SENASICA(El Certificado se otorga en términos del Punto
Séptimo del Acuerdo).
LINI. Ana Karina Gonzalez Ortega.
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