¿QUIERES IMPORTAR Y EXPORTAR ANIMALES EXÓTICOS?

 



En México es legal tener ciertos animales exóticos como mascotas, por lo tanto, esta permitido el comercio de animales exóticos; solo hay unos pocos que no se permite ser importados como mascotas solo para uso de investigación, como es el caso de los primates.

¿Qué permisos internacionales debo de tener?

La importación y exportación de especies designadas por la Convention on International Trade in Endangered Species of Flora and Fauna (CITES) es controlada a través de una autorización o permiso conocido como CITES.

Este documento obligatorio certifica que usted es el propietario del animal exótico. También es conocido como CITES Certificate of Ownership, o pasaporte de mascota. Tiene una validez de 3 años y autoriza múltiples viajes internacionales.

Aunque la industria se ha debatido entre regulaciones internacionales y restricciones nacionales respecto a las especies en peligro de extinción y una crisis económica local; esto no ha parado el comercio de animales exóticos.

En cada país son diferentes los requisitos y tramites, ejemplo, en Hong Kong, si no tienes el examen de salmonela no te aceptan ni una tortuga. En República Checa o Reino Unido si no justificas tu producción no la reciben.

Actualmente Nicaragua es uno de los países líderes en cuanto exportación de animales exóticos, siendo una fuerza económica regente del país en los últimos años.

Los zoocriaderos a nivel mundial “son un medio de conservación de la fauna, de subsistencia económica para la población y son un factor determinante para el medioambiente”, dice Fernando López, propietario del zoocriadero Fauna Marina de Nicaragua.

 


Requisitos para importar animales exóticos a México.

Cada especia animal debe de tener un permiso propio por parte de Cites.

En cuanto a restricciones a la importación en siicex caaarem podemos encontrar las siguientes:

-Para primates:

QUEDA PROHIBIDA la importación de ejemplares de cualquier especie de primate, así como de sus partes y derivados, con EXCEPCIÓN de aquéllos destinados a la investigación científica.

Previa autorización de la SEMARNAT.                       

Permiso o Certificado de la CITES (Ejemplares de las especies de vida silvestre, cuando estén listados en los Apéndices de la CITES, que se destinen a los regímenes aduaneros definitivo, temporal o depósito fiscal) o Autorización SEMARNAT e inspección de la PROFEPA.

Certificado Zoosanitario del SENASICA(El Certificado se otorga en términos del Punto Séptimo del Acuerdo).


-Permiso para Berrendo, oso, lobo, castor, puma, jaguar, ocelote, margay, gato de monte o tapir.

Permiso o Certificado de la CITES (Ejemplares de las especies de vida silvestre, cuando estén listados en los Apéndices de la CITES, que se destinen a los regímenes aduaneros definitivo, temporal o depósito fiscal).

Autorización SEMARNAT e inspección de la PROFEPA.

Certificado Zoosanitario del SENASICA(El Certificado se otorga en términos del Punto Séptimo del Acuerdo).


LINI. Ana Karina Gonzalez Ortega.


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