BILL OF LADING

El Conocimiento de Embarque o su nombre en ingles Bill of Lading, documento
emitido por el agente marítimo que acredita la recepción de mercancías a
bordo para ser trasladada desde un punto de partida hacia un punto de destino,
en el que se especifican las informaciones de la mercancía exportada o
importada. 

Es un contrato, un comprobante entre el exportador e importador
con el transportista marítimo.

Cumple con tres funciones: 
1) el contrato de transporte, 
2) el recibo de carga a
bordo para embarcar y 
3) el titulo representativo de la mercancía, por donde el
beneficiario legitimo de la mercancía puede venderla, darla en prenda o en
garantía.


DATOS DEL Bill of Lading

  • Shipper (Remitente)
  •  Consignee ( Destinatario)
  •  Notify. Representante del destinatario a quien se le deben enviar las
  • notificaciones sobre la llegada de la mercancía
  •  Agente de destino. Empresa que representa al transportista en el puerto
  • de destino al cual debemos comunicarle las instrucciones de entrega.
  •  Puertos de carga ( POL) y de descarga (POD)
  •  Buque y Viaje en el que a cargada la mercancía
  •  Descripción de la mercancía
  •  Matrícula y tipo de contenedor
  •  Nº de bultos y tipo
  •  Peso bruto
  •  Metros cúbicos
  •  Marcas ( anotaciones en la parte exterior de los paquetes que
  • permita identificar la mercancía)
  •  Número de B/L
  •  Cantidad de originales. Lo habitual es emitir 3 originales.
  •  Lugar donde se paga el flete. A efectos del B/l, el flete se pagará en el
  • puerto de origen ( Freight prepaid) o en el puerto de destino ( Freight
  • collect) 
  •  Costo del flete y la moneda en que se ha calculado esta cifra.

Tipos de modalidades de Bill of Lading

- B/L Recibido para Embarque
Demuestra que la mercancía ha sido recibida por el transportista en la fecha
indicada en el documento, pero no que haya sido embarcada.

- BL a bordo

Es el documento que demuestra la recepción de la mercancía a bordo del
buque. Es decir que la mercancía está lista para ser enviada.

- BL a la orden (to the order)

El propietario de la mercancía puede convertirlo mediante endoso, en
nominativo. Ponerlo a la orden de otra firma dejarlo con el endoso firmado en
blanco (para que prácticamente sean al portador).
Es un documento negociable que permite transferir la propiedad de la
mercancía. El conocimiento de embarque a la orden es el más utilizado en
los créditos documentarios ya que la entidad financiera figura como
consigantario de la carga y endosa la documentación a su cliente, el importador
(y comprador) de la mercancía.

- BL al portador (BL to the bearer)

En el documento no se indica el destinatario; al poseedor del BL se le
considera, a todos los efectos legales, como el propietario de la mercancía.

- BL House

BL emitido por el transitario y el Non-negotiable Sea Way Bill (SWB) son
documentos no negociables, que no dan derechos sobre la mercancía.
SWB Es también un contrato de transporte marítimo. Se diferencía de un
conocimiento de embarque B/L en que no transmite la propiedad de la
mercancía, solamente demuestra que se ha realizado una operación de
transporte por barco. No transmite la propiedad de la mercancía porque no se
le atribuye la fuerza de un título valor. 

- BL nominativo

Los BL nominativos son extendidos a nombre de una persona determinada.
Estos documentos no admiten endoso (cesión), sino simplemente cesión de
derechos.


LNI. Cristian Velazquez García.

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